Separación y divorcio de mutuo acuerdo
Esta situación se produce cuando ambas partes estén de acuerdo en las medidas que tendrán efecto después de la separación. Es un proceso que se sigue ante el juzgado por el que los cónyuges
obtienen una sentencia que les permite llevar vidas independientes, separadas, pero no pueden volver a contraer matrimonio.
Requisitos
Hayan transcurrido tres meses desde que se celebró el matrimonio.
Que los esposos acuerden tramitar amistosamente su separación, y están de acuerdo en separarse.
Actuamos en toda España
Documentos
Certificado de matrimonio
Convenio Regulador
Nóminas
Nota simple
Escritura del crédito hipotecario
Acreditación de gastos
Convenio regulador
El convenio regulador es un contrato en el que se recogen los acuerdos que han alcanzado las partes en materia de:
• Uso y disfrute del domicilio conyugal
• Pensión compensatoria
• Guarda y custodia compartida de los hijos menores de edad
• Guarda y custodia de los hijos a favor de uno de los esposos
• Régimen de visitas, a favor del progenitor no custodio
• Pensión de alimentos a favor de los hijos menores y dependientes.
• Liquidación del régimen económico del matrimonio
• Pactos sobre capitalización de pensión compensatoria.
• Limitación del uso y disfrute del domicilio conyugal.
Efectos de la sentencia de separación
Los cónyuges pueden:
• Residir en distintos domicilios.
• El vínculo matrimonial continúa existiendo.
• No se podrá contraer un nuevo matrimonio.
• La sociedad Legal de gananciales, se ha disuelto, habrá que liquidarla.
• Derechos de pensión de viudedad del cónyuge viudo.
Proceso
• Contacte con nosotros, le redactaremos el convenio regulador de separación y la demanda de separación.
• Usted lo fima.
• Se presenta en el juzgado correspondiente.
• Los cónyuges acuden al juzgado para ratificarse en la petición de separación y convenio regulador.
• El juzgado dicta sentencia de separación, y de oficio se inscribe en el Registro Civil.
Paternidad, filiación, capacidad, menores
• Reclamación e impugnación de la paternidad.
• Reclamación de alimentos.
• Adopción y Acogimiento familiar.
• Testamento familiar y nombramiento de tutores.
• Autorización para la venta de bienes de menores.
• Incapacitaciones.